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Procedimientos para la celebración de consultas sobre las restricciones impuestas por motivos de balanza de pagos.

El sistema multilateral de comercio, que surge reforzado de la Ronda Uruguay, tiene la capacidad de ofrecer un ámbito mejor para la liberalización, de coadyuvar a una vigilancia más eficaz y de asegurar la estricta observancia de las normas y disciplinas multilateralmente convenidas. Estas mejoras significan que la política comercial puede tener en el futuro un papel más sustancial como aspect de coherencia en la formulación de la política económica a escala mundial.

Tomando nota de que los artworkículos XI y XIV del Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial del Comercio (denominado en adelante "Acuerdo sobre la OMC") estipulan que sólo pueden aceptar el Acuerdo sobre la OMC las partes contratantes del GATT de 1947 en la fecha de entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC para las cuales se anexen listas de concesiones y compromisos al GATT de 1994, y para las cuales se anexen listas de compromisos específicos al Acuerdo Common sobre el Comercio de Servicios (denominado en adelante "AGCS");

a) cuando esas oportunidades de acceso al mercado de un producto sean iguales o inferiores al ten por ciento, el nivel de activación de foundation será igual al a hundred twenty five por ciento;

4. Cada Miembro permitirá a sus residentes comprar en el territorio de cualquier otro Miembro los servicios financieros indicados en:

4. Los derechos adicionales impuestos con arreglo al apartado a) del párrafo 1 se mantendrán únicamente hasta el remaining del año en el que se hayan impuesto y sólo podrán fijarse a un nivel que no exceda de un tercio del nivel del derecho de aduana propiamente dicho vigente en el año en el que se haya adoptado la medida.

seven. En cada caso en que de una lista anexa al presente Protocolo resulte para determinado producto un trato menos favorable que el previsto para ese producto en las Listas anexas al GATT de 1947 antes de la entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC, se considerará que el Miembro al que se refiere la Lista ha adoptado las medidas apropiadas que en otro caso habrían sido necesarias de conformidad con las disposiciones pertinentes del artworkículo XXVIII del GATT de 1947 o del GATT de 1994.

e) Esta exención se entiende sin perjuicio de las soluciones relativas a aspectos específicos de la legislación por ella amparada negociadas en acuerdos sectoriales o en otros foros.

five. here La no aplicación de un Acuerdo Comercial Plurilateral entre partes en el mismo se regirá por las disposiciones de ese Acuerdo.

3. Los Miembros tratarán de evitar la imposición de nuevas restricciones cuantitativas por motivos de balanza de pagos a menos que, debido a una situación crítica de la balanza de pagos, las medidas basadas en los precios no puedan impedir un brusco empeoramiento del estado de los pagos exteriores. En los casos en que un Miembro aplique restricciones cuantitativas, dará a conocer las razones que justifiquen que las medidas basadas en los precios no constituyen un instrumento adecuado para hacer frente a la situación de la balanza de pagos.

Teniendo en cuenta la naturaleza específica de las obligaciones y compromisos específicos dimanantes del Acuerdo, y del comercio de servicios, en lo que respecta a la solución de diferencias con arreglo a lo dispuesto en los artworkículos XXII y XXIII,

one. En el presente Acuerdo se estipulan las disposiciones que han de aplicar los Miembros durante un for eachíodo de transición para la integración del sector de los textiles y el vestido en el GATT de 1994.

Reconociendo que algunos participantes en la Ronda Uruguay que han venido aplicando de facto el GATT de 1947 y han pasado a ser partes contratantes de conformidad con lo dispuesto en el párrafo five c) del artworkículo XXVI del GATT de 1947 no han estado en condiciones de presentar listas para su anexión al GATT de 1994 y al AGCS;

a) Las referencias que en las disposiciones del GATT de 1994 se hacen a una "parte contratante" se entenderán hechas a un "Miembro". Las referencias a una "parte contratante poco desarrollada" y a una "parte contratante desarrollada" se entenderán hechas a un "país en desarrollo Miembro" y un "país desarrollado Miembro". Las referencias al "Secretario Ejecutivo" se entenderán hechas al "Director Basic de la OMC".

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